TELEFORMACIÓN Y CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD: Sus condiciones de impartición. Orden ESS/1897/2013
En el BOE de hoy se publica la Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
Dicen que nunca es tarde si la dicha es buena. Esperemos que así sea. Llevábamos meses esperando que el SEPE lanzara esta Orden que delimita el marco, las condiciones de impartición, de los CdP, pero, especialmente en la modalidad de teleformación, fijando que capacidades y criterios de evaluación de cada uno de los MF y UF, si corresponde, han de ser impartidos mediante tutoría presencial.
Asimismo, entre otras cuestiones, fija las condiciones que deben tener las plataformas de teleformación que usen los centros acreditados.
Asimismo, entre otras cuestiones, fija las condiciones que deben tener las plataformas de teleformación que usen los centros acreditados.
Tiempo habrá para comentarios sobre esta Orden. Ahora lo que toca es su difusión.
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